Aprueban en el Senado de la República la Ley General en Materia de Bienestar, Cuidado y Protección de los Animales. La nueva legislación establece el registro y esterilización de las mascotas, al igual que prohíbe la mutilación estética como cortes de orejas o cola. Como castigo para los denominados actos de crueldad, contempla sanciones administrativas y multas que superan los 234 mil pesos.
La reforma llega con una aprobación casi unánime, al tener 115 votos a favor y uno en contra. Entre sus objetivos está el de homologar las normas de protección animal de todo el país y generar una estrategia nacional para el bienestar animal.
México es el tercer país del mundo con más casos registrados de crueldad animal y el primero en América Latina. Según datos oficiales, hay aproximadamente 80 millones de animales de compañía en México, equivalente al 69 por ciento de los hogares del país. Se estima que siete de cada diez perros y seis de cada diez gatos mexicanos terminan en condiciones de abandono.
Tras su aprobación, la Ley de Bienestar Animal reconoce a los animales de todo el país como seres sintientes. Esto significa que tienen la capacidad de experimentar dolor, placer y emociones, por lo que requieren de una protección especial.
Protección de las mascotas
Una de las herramientas establecidas por la nueva ley es el Registro Nacional de Animales de Compañía, que busca prevenir el abandono de las mascotas. El registro será gratuito y obligatorio para todos los dueños o tutores de mascotas del país. Este padrón de animales de compañía incluye datos como el nombre, raza, especie y edad del animal, datos del humano responsable, historial de vacunas y esterilización.
El nuevo registro busca homologar a los registros de mascotas ya existentes, como el de la Ciudad de México. Su implementación dependerá de la coordinación de autoridades federales y estatales.
Los dueños de las mascotas, además, estarán obligados a garantizar el bienestar integral de todos los animales que cuiden. También, se les ordena esterilizar y vacunar a sus mascotas . En caso de maltrato o negligencia, el tutor o dueño deberá asumir la responsabilidad legal en el caso.
Sanciones por maltrato
En casos de maltrato, crueldad o abandono, la nueva ley de bienestar animal contempla varias sanciones económicas y administrativas. La legislación establece multas de hasta dos mil Unidades de Medida y Actualización, equivalente a más de 234 mil pesos en 2026. Los culpables podrán sufrir un arresto administrativo de máximo 36 horas y serán inscritos en un registro nacional de infractores.
Actividades prohibidas
La Ley General en Materia de Bienestar, Cuidado y Protección de los Animales prohíbe expresamente el abandono de los animales de compañía. Bajo la norma, están condenadas las mutilaciones estéticas o procedimientos que no tengan un fin médico, como la extirpación de garras o el corte de cuerdas vocales. Igualmente, la legislación bloquea el uso de animales como premios en rifas, concursos o sorteos.
A nivel federal, la ley veta las peleas de perros y la organización de espectáculos que impliquen el sufrimiento animal, con dos excepciones. Las corridas de toros y las peleas de gallos seguirán bajo la regulación de las leyes de las entidades federativas. En Sonora, Guerrero, Coahuila, Quintana Roo y Sinaloa la tauromaquia está explícitamente prohibida.
El siguiente paso
Antes de ser aprobada oficialmente, la ley será analizada ante la Cámara de Diputados. En caso de ser ratificada sin cambios, entrará en vigor en todo el país, de lo contrario, regresará al Senado para su revisión. Actualmente, las leyes locales continúan vigentes como están, pero deberán adaptarse a los criterios de la nueva legislación una vez se publique oficialmente.






